Juez: sátira humorística está por encima del honor

Un fallo judicial desestimó demanda del preso Pablo Gonçálvez, asesino de tres mujeres en los 90. Su abogado demandante no es otro que Hugo Granucci, ex presidente colorado de las Obras Sanitarias del Estado, que cumpliera también condena por malversación durante su gestión en la empresa pública...

PABLO MELENDREZ

Una resolución judicial sostiene que la libertad de expresión, y en particular vinculada con el género de la parodia, "prevalece" por sobre el derecho al honor que puede argumentar una persona que se considera afectada moralmente por el contenido de la representación.

A esa conclusión llegó el juez civil Alejandro Recarey, quien ayer notificó su decisión de rechazar una demanda que Pablo Goncálvez, quien cumple condena en Cárcel Central por haber asesinado a tres mujeres a principios de la década de 90, presentó contra Canal 10.

El 12 de agosto de 2007, en el programa La Culpa es Nuestra, que conducían Ricardo Piñeyrúa, Gonzalo Cammarota y Carlos Tanco, se emitió un informe humorístico sobre la condición de las cárceles en Uruguay, en el que a través de una caricatura, se sugería un posible encuentro sexual entre Goncálvez y otros reclusos.

La parodia motivó que Goncálvez, patrocinado por el abogado y ex presidente de O.S.E. Hugo Granucci -quien estuvo varios meses preso en Cárcel Central debido a "irregularidades" durante su gestión- reclamara US$ 200.000 por el "daño moral" causado a él y a su familia.

La resolución del juez a la que accedió El País, considera que la humorada "permanece al amparo de la libertad de expresión", la cual está prevista en la Constitución y también en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En el fallo, en el cual cita jurisprudencia de la Justicia española en relación a la temática, el magistrado Recarey afirma que la parodia debe ser considerada en la "modalidad de cultura popular".

En relación al reclamo de Goncálvez el juez sostiene que "es claro que el objeto de la construcción artístico-periodística fue el tratamiento de la penosa coyuntura de los centros de reclusión y no la manipulación de la persona de los presidiarios involucrados quienes fueron traídos a colación evidentemente como meros ejemplos -paradigmáticos- de una determinada realidad; no con otra particular intención", señala la resolución. El juez Recarey afirma que la parodia fue "una simple recreación de un supuesto modelo real" en el que se representó una "práctica posible en el mundo carcelario". Además, la resolución del magistrado sostiene que no es posible fundamentar un reclamo judicial en base a un "presunto daño" al honor, porque se trata de un concepto "por demás impreciso" y "muy poco sólido para sustentar un razonamiento legal".

El País Digital


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