A partir de su trabajo comunitario, el Movimiento Afro Cultural se propone la integración social de los afrodescendientes, reforzando sus lazos intergeneracionales y promoviendo los derechos de igualdad y pluralidad. Lamentablemente, el proceso de consolidación del Estado Nación argentino ha invisibilizado la otredad desde la perspectiva del hombre europeo, marginando y segregando a los inmigrantes e hijos de inmigrantes africanos y de pueblos originarios.
Por otra parte, el Movimiento ha contribuido con reconocidos investigadores de la cultura afro, y ha sido fuente incomparable de trabajos de investigación que reinvindican la actualización y puesta en valor de la cultura afro en el Río de la Plata. Prueba de ello es la publicación "Buenos Aires Negra" de la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, compilada por la Lic. Leticia Maronese, que reúne más de 20 trabajos presentados en las Jornadas Buenos Aires Negra. Memorias, representaciones y prácticas de la comunidad afro (2002) y las Jornadas de Patrimonio Cultural Afroargentino (2005), organizadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En especial, el Dr. Alejandro Frigerio (CONICET), remarca la variedad, la excelencia y el compromiso del Movimiento Afro Cultural con la cultura negra, y la implicancia de dicha cultura en el Río de la Plata.
Por último, queremos remarcar que las actividades realizadas por el Movimiento Afro Cultural pueden considerarse como Patrimonio Cultural Inmaterial del Río de la Plata. Según la "Convención para la salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial" (2003) convocada por la UNESCO en París y ratificado por la Argentina, se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial "los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural". Considerando que "los tratados con potencias extranjeras son ley suprema de la Nación" (Constitución Nacional, art. nº 31), el Estado debe salvaguardar el Patrimonio Inmaterial, tomando las medidas necesarias para garantizar la viabilidad del patrimonio cultural. Por tanto, las actividades de Movimiento Afro Cultural, que preservan, promocionan y valorizan el patrimonio inmaterial de la cultura afro en el Río de la Plata, debe ser protegido. Esta declaración tiene ese espíritu de defensa del patrimonio intangible."
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