Ley N° 17.817

En agosto de 2004 el Poder Ejecutivo promulgó la ley 17.817 de Lucha contra el racismo, la xenofobia y la discriminación, promovida por el diputado colorado Nahum Bergstein.

La ley condena la discriminación -basada en motivos de raza, color de piel, religión, origen nacional o étnico, discapacidad, aspecto estético, género, orientación e identidad sexual- que tenga por objeto limitar las libertades fundamentales de un individuo o colectividad en las esferas política, económica, social o cultural.

La legislación antidiscriminatoria en Uruguay es "discriminatoria" y debería reformarse para que sea más general, opina el Procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo, Miguel Langón.

"Cuando se exponen taxativamente determinados casos es porque quedan excluidos los otros" -sentenció Langón el jueves pasado en el marco de las Primeras Jornadas sobre Legislación Antidiscriminatoria organizadas por el Comité Central Israelita del Uruguay. Es por ese motivo que sostiene que "es discriminatoria la ley antidiscriminatoria" y debería reformarse para abarcar a todas las personas.

Langón señaló que la norma que establece sanciones a quien "públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública, incitare al odio, desprecio o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, raza, religión u origen nacional o étnico,orientación sexual, etc. y será castigado con tres a dieciocho meses de prisión", debería referirse a la excitación al odio contra todas las personas. "Contra cualquiera y por cualquier razón, y no entrar en esto sí y esto no" afirmó.

"Creo que habría que ir a una reforma" donde se establezca como un delito mucho más simple y no proteger tan sólo a determinadas personas.


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